Legislação e Procedimento para Descarte de Água Contaminada

Para que el agua utilizada en el lavado de las piezas sometidas a la prueba del líquido penetrante pueda ser eliminada, debe cumplir con la legislación vigente en la zona donde se encuentra la fábrica que realiza la prueba. En el estado de São Paulo se aplica el Decreto 8468 de 08/09/76, que reglamenta la Ley 997 de CETESB, en los artículos 18 a 19A y la Resolución CONAMA 20 de 18/06/86 en el artículo 21.
Los residuos deben ser caracterizados de acuerdo con la NBR 10004, en el caso del agua contaminada con líquido penetrante, este residuo es de clase ll (residuo no inerte). Todos los residuos generados son considerados tratables por los órganos
ambientales.
Para disponer de ellos, el interesado deberá estar en posesión de la "carta de aceptación"
de residuos, que será emitida por una empresa de reprocesamiento, relleno sanitario o incineradora que cuente con la aprobación del órgano
ambiental del estado.
Con la carta de aceptación, se solicita al órgano ambiental el "CADRI", que es una autorización para
disponer de los residuos en el lugar solicitado.

Procedimiento:

Para agua contaminada:
Sugerimos como rutina para el tratamiento los pasos que se identifican a continuación:
Por 1000ml de solución:
Para agregar:
- 50ml de solución de cal a 5%.
- 50 ml de solución de sulfato de aluminio a 10%
- 15ml de solución de polielectrolito 0.5%
Espere 30 minutos.
Pasar por filtro prensa o lecho de secado
Para latas de aerosol:
Se deben perforar latas vacías en su válvula para eliminar el gas, quitar la válvula y lavar el interior. LA
La lata va al vertedero o al reciclaje y los residuos líquidos se tratan como se describe anteriormente.